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Impuestos y regulación Redacción propia

Renta 2026: los vencimientos del 7 al 11 de septiembre

Del 7 al 11 de septiembre declaran las cédulas terminadas en 35 a 44. Los dígitos día por día, quién está obligado y qué hacer si la fecha ya se le pasó.

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Persona revisando el calendario de vencimientos de la declaración de renta
Del 7 al 11 de septiembre declaran las cédulas terminadas en 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43 y 44. Pixabay-Firmbee con edición de ChatGPT/Economía Santander

Entre el lunes 7 y el viernes 11 de septiembre vencen los plazos para declarar renta de las personas naturales cuya cédula termina en 35 a 44.

Son diez pares de dígitos en cinco días hábiles. Quien deje pasar su fecha empieza a acumular sanción desde el día siguiente.

Estas son las fechas, y lo que hay que saber si la suya cae esta semana.

¿Qué dígitos vencen del 7 al 11 de septiembre?

El orden lo definen los dos últimos dígitos de la cédula o del NIT, sin el dígito de verificación.

Día Últimos dos dígitos
Lunes 7 35 y 36
Martes 8 37 y 38
Miércoles 9 39 y 40
Jueves 10 41 y 42
Viernes 11 43 y 44

El calendario completo arrancó el 12 de agosto con los dígitos 01 y 02, y termina el 26 de octubre con los terminados en 99 y 00.

Un detalle que confunde: la fecha es de presentación y pago en una sola cuota. Presentar sin pagar es posible y es mucho mejor que no presentar, pero no detiene los intereses de mora sobre el saldo.

¿Quién está obligado a declarar por el año gravable 2025?

Basta con cumplir una de estas condiciones durante 2025:

  • Patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2025 igual o superior a 4.500 UVT: $224.095.500.
  • Ingresos brutos del año iguales o superiores a 1.400 UVT: $69.718.600.
  • Consumos con tarjeta de crédito por encima de 1.400 UVT: $69.718.600.
  • Compras y consumos totales por encima de ese mismo tope.
  • Consignaciones, depósitos o inversiones financieras por encima de 1.400 UVT.
  • Haber sido responsable de IVA a 31 de diciembre de 2025.

Aquí está el error más costoso de esta temporada, y circula incluso en material especializado: esos topes se calculan con la UVT de 2025, que valía $49.799, no con la de 2026.

Quien use la UVT de 2026 —$52.374— obtiene topes inflados de $73.323.600 y $235.683.000, y puede concluir que no está obligado cuando sí lo está. La diferencia son más de $3,6 millones en el tope de ingresos. El portal explicó cuál UVT aplica y por qué hay dos en juego en una nota aparte.

Le puede interesar: Declarar renta siendo independiente en 2026: topes y guía

¿Qué pasa si se le pasó la fecha?

La sanción por extemporaneidad corre al 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso. Fracción de mes significa que un solo día de atraso ya cuenta como un mes completo.

Y hay un piso: la sanción mínima para 2026 es de 10 UVT, es decir $524.000, aun cuando el impuesto a cargo sea cero.

Quien no presente y espere a que la DIAN actúe primero queda peor: el porcentaje se duplica. El detalle de esa escala está en la nota sobre las multas por no declarar renta.

La regla práctica no cambia: presente en su fecha aunque no tenga con qué pagar.

¿Y si no tiene el dinero?

Existe una salida formal y gratuita. Las facilidades de pago del artículo 814 del Estatuto Tributario permiten diferir la deuda hasta un año sin garantía y hasta cinco años con garantía, con posibilidad de prórroga.

Mientras el acuerdo esté vigente, la DIAN no inicia el cobro coactivo ni remata bienes. Lo que no hace es congelar los intereses de mora, que en agosto de 2026 iban cerca del 27,66% efectivo anual.

Es una herramienta para no perder los bienes, no para pagar menos. Los requisitos y el trámite están en la guía de facilidades de pago.

Antes de firmar la declaración

Dos revisiones que suelen dejar plata sobre la mesa:

Las deducciones que casi nadie usa. Dependientes, medicina prepagada, intereses de vivienda y aportes voluntarios pueden bajar la base gravable de forma apreciable, y muchas se pierden por desconocimiento. Están reunidas en la nota sobre las deducciones de renta que casi nadie usa.

Los rendimientos financieros. Si tiene CDT o cuentas de ahorro, esos rendimientos entran como ingreso y la retención que ya le practicaron se acredita contra el impuesto. No es plata perdida: es un anticipo.

Lo que esto significa en Santander

La DIAN espera que unos siete millones de colombianos declaren en 2026. En un departamento donde el grueso del tejido empresarial son micro y pequeñas unidades, buena parte de esos obligados son independientes que no tienen contador de planta y descubren la obligación por el tope de consignaciones, no por el de ingresos.

Ese es el punto ciego: no hace falta ganar mucho para quedar obligado. Basta con que el movimiento de las cuentas —incluidas las transferencias entre cuentas propias— haya superado los $69,7 millones en el año.

Vale la pena revisar el extracto antes de concluir que la declaración no aplica.

Calendario establecido por el Ministerio de Hacienda para el año gravable 2025. Los vencimientos oficiales se consultan en el portal de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Los topes se calcularon con la UVT de 2025 ($49.799). La sanción mínima de 10 UVT se liquida con la UVT de 2026 ($52.374).

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